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¿Ha sido interrumpido tu vuelo?

Nuestro objetivo siempre es asegurarnos de que nuestros pasajeros tengan un viaje agradable y sin contratiempos, pero a veces las cosas no salen como planeamos. Te pedimos nuestras más sinceras disculpas si tu viaje ha sido interrumpido; a continuación encontrarás información sobre los derechos de los pasajeros durante una interrupción según la EC 261/2004

Durante las interrupciones, proporcionamos a nuestros pasajeros información a través de los datos de contacto registrados en su reserva, que pueden actualizarse en Gestionar tu reserva y en nuestra app.

El derecho a recibir atención

Si experimentas un retraso largo, puede que tengas derecho a recibir atención. Esto puede incluir comidas y tentempiés, alojamiento, transporte y acceso a un medio de comunicación. Esto no se aplica si proporcionar atención retrasa aún más tu viaje.

¿Qué es un retraso largo?

  • 2 horas o más en vuelos de 1500 km o menos.
  • 3 horas o más en vuelos intracomunitarios* de más de 1500 km y otros vuelos de entre 1500 y 3500 km.
  • 4 horas o más en el resto de vuelos.

La atención puede incluir:

  • Comidas y tentempiés, en proporción al tiempo de espera.
  • Alojamiento y transporte, si tu vuelo se retrasa durante la noche y no puedes volver a casa o a tu alojamiento temporal.
  • Medios de comunicación, si necesitas un lugar para llamar o enviar un correo electrónico para informar de la interrupción.
* Por vuelo intracomunitario se entiende un vuelo dentro de la Unión Europea (UE), y también incluye países que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), como Noruega, Islandia y Liechtenstein. Esto significa que los vuelos entre estos países, así como los vuelos desde estos países a la UE, están cubiertos por los mismos reglamentos de protección de los pasajeros. Además, los vuelos con origen fuera de la UE y el EEE y destino en un estado miembro de la UE o el EEE también están protegidos si están operados por una aerolínea de la UE o el EEE.

Atención autoorganizada

A veces nuestro equipo no puede emitir vales debido al volumen de pasajeros afectados. Cuando eso ocurra, pedimos a los pasajeros que organicen la atención y reclamen el reembolso al final de su trayecto a través de nuestro portal de Reclamaciones.

Comidas y tentempiés: En proporción al tiempo de espera. Ten en cuenta que no reembolsamos el coste de las bebidas alcohólicas.

Alojamiento: El coste razonable de una pernocta varía según la ubicación, véase la lista a continuación.

Transporte: Transporte público o lanzadera del aeropuerto entre el aeropuerto y el alojamiento.

Comunicación: Coste de realizar dos llamadas, enviar dos correos electrónicos o faxes.

Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con la alteración y verificados mediante los recibos correspondientes a nombre del pasajero cuando sea aplicable. 

Coste razonable para una estancia de una noche

El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.

Si experimentas un retraso largo, puede que tengas derecho a recibir atención. Esto puede incluir comidas y tentempiés, alojamiento, transporte y acceso a un medio de comunicación. Esto no se aplica si proporcionar atención retrasa aún más tu viaje.

¿Qué es un retraso largo?

  • 2 horas o más en vuelos de 1500 km o menos.
  • 3 horas o más en vuelos intracomunitarios* de más de 1500 km y otros vuelos de entre 1500 y 3500 km.
  • 4 horas o más en el resto de vuelos.

La atención puede incluir:

  • Comidas y tentempiés, en proporción al tiempo de espera.
  • Alojamiento y transporte, si tu vuelo se retrasa durante la noche y no puedes volver a casa o a tu alojamiento temporal.
  • Medios de comunicación, si necesitas un lugar para llamar o enviar un correo electrónico para informar de la interrupción.
* Por vuelo intracomunitario se entiende un vuelo dentro de la Unión Europea (UE), y también incluye países que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), como Noruega, Islandia y Liechtenstein. Esto significa que los vuelos entre estos países, así como los vuelos desde estos países a la UE, están cubiertos por los mismos reglamentos de protección de los pasajeros. Además, los vuelos con origen fuera de la UE y el EEE y destino en un estado miembro de la UE o el EEE también están protegidos si están operados por una aerolínea de la UE o el EEE.,

A veces nuestro equipo no puede emitir vales debido al volumen de pasajeros afectados. Cuando eso ocurra, pedimos a los pasajeros que organicen la atención y reclamen el reembolso al final de su trayecto a través de nuestro portal de Reclamaciones.

Comidas y tentempiés: En proporción al tiempo de espera. Ten en cuenta que no reembolsamos el coste de las bebidas alcohólicas.

Alojamiento: El coste razonable de una pernocta varía según la ubicación, véase la lista a continuación.

Transporte: Transporte público o lanzadera del aeropuerto entre el aeropuerto y el alojamiento.

Comunicación: Coste de realizar dos llamadas, enviar dos correos electrónicos o faxes.

Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con la alteración y verificados mediante los recibos correspondientes a nombre del pasajero cuando sea aplicable. 

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Destino Importe
Baltimore | BWI 150 USD
Boston | BOS 200 USD
Chicago | ORD 120 USD
Denver | DEN 150 USD
Detroit | DTW 120 USD
Halifax | YHZ 180 CAD
Miami | MIA 200 USD
Mineápolis | MSP 120 USD
Montreal | YUL 150 CAD
Nashville | BNA 120 USD
Nueva York | JFK 200 USD
Newark | EWR 170 USD
Orlando | MCO 200 USD
Pittsburgh | PIT 120 USD
Portland | PDX 140 USD
Raleigh Durham | RDU 120 USD
Seattle | SEA 170 USD
Toronto | YYZ 150 CAD
Vancouver | YVR 180 CAD
Washington, D. C. | IAD 200 USD

Para los destinos no mencionados anteriormente, los costes razonables de alojamiento se evaluarán caso por caso, teniendo en cuenta las condiciones y disponibilidad del mercado local en el momento de la interrupción, incluyendo el desvío por destinos alternativos, hasta un máximo de 180 EUR por noche.

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Destino Importe
Alicante | ALC 170 EUR
Ámsterdam | AMS 180 EUR
Barcelona | BCN 180 EUR
Bergen | BGO 140 EUR
Berlín | BER 150 EUR
Billund | BLL 180 EUR
Bruselas | BRU 170 EUR
Copenhage | CPH 170 EUR
Dublín | DUB 160 EUR
Edimburgo | EDI 160 EUR
Faro | FAO 160 EUR
Fráncfort | FRA 140 EUR
Gdansk | GDN 170 EUR
Ginebra | GVA 180 EUR
Glasgow | GLA 150 EUR
Gotemburgo | GOT 150 EUR
Gran Canaria | LPA 180 EUR
Hamburgo | HAM 120 EUR
Helsinki | HEL 110 EUR
Lisboa | LIS 170 EUR
Londres | LHR y LGW 160 EUR
Madrid | MAD 180 EUR
Málaga | AGP 170 EUR
Mánchester | MAN 150 EUR
Milán | MXP 150 EUR
Múnich | MUC 160 EUR
Niza | NCE 180 EUR
Oslo | OSL 130 EUR
París | CDG 180 EUR
Praga | PRG 180 EUR
Roma | FCO 170 EUR
Salzburgo | SZG 180 EUR
Estocolmo | ARN 150 EUR
Tenerife | TFS 180 EUR
Tromso | TOS 140 EUR
Venice | VCE 180 EUR
Verona | VRN 180 EUR
Zúrich | ZRH 180 EUR

Para los destinos no mencionados anteriormente, los costes razonables de alojamiento se evaluarán caso por caso, teniendo en cuenta las condiciones y disponibilidad del mercado local en el momento de la interrupción, incluyendo el desvío por destinos alternativos, hasta un máximo de 180 EUR por noche.

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DestinoImporte
Islas Feroe | FAE180 EUR
Groenlandia | GOH, JAV, JJU y KUS250 EUR
Islandia | KEF, AEY, EGS, HFN, IFJ y RKV180 EUR
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El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.

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Si tu vuelo se retrasa 5 horas o más, podrías tener derecho a un cambio de ruta o a un reembolso.

Cambio de ruta

Cuando es posible, redirigimos automáticamente a todos los pasajeros elegibles de los vuelos interrumpidos. Enviamos todas las notificaciones y los itinerarios actualizados al correo electrónico registrado en la reserva, así que es importante asegurarse de que este sea correcto. Puedes comprobarlo en Gestionar tu reserva o en la aplicación de Icelandair. A veces no es posible cambiar de ruta automáticamente debido al número de pasajeros afectados. En ese caso, los pasajeros pueden solicitar el cambio de ruta a su destino final en el siguiente vuelo disponible de Icelandair, en condiciones de transporte comparables, si hay asientos disponibles.

Reembolso

Puedes elegir no viajar y que te reembolsen las partes no utilizadas del billete de todos los pasajeros de la misma reserva. Puedes cancelar o cambiar tu reserva en Gestionar tu reserva y solicitar un reembolso aquí.

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El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.

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Si tu vuelo se retrasa, podrías tener derecho a una compensación. El importe de la compensación depende de la duración del retraso y de la distancia de tu vuelo.

Todos los vuelos de 1500 km o menos:

  • 250 EUR si te retrasas 3 horas o más.

Todos los vuelos intracomunitarios* de más de 1500 km y resto de los vuelos de entre 1500 y 3500 km:

  • 400 EUR si te retrasas 3 horas o más.

Todos los vuelos no cubiertos por las categorías anteriores:

  • 300 EUR si te retrasas entre 3 y 4 horas.
  • 600 EUR si te retrasas 4 horas o más.

¿Cuándo no tienes derecho a una compensación?

  • La compensación no es aplicable si el retraso es debido a circunstancias extraordinarias como condiciones climáticas adversas, huelgas u otras situaciones que no podrían haberse evitado incluso habiéndose tomado todas las medidas razonables.

* Por vuelo intracomunitario se entiende un vuelo dentro de la Unión Europea (UE), y también incluye países que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), como Noruega, Islandia y Liechtenstein. Esto significa que los vuelos entre estos países, así como los vuelos desde estos países a la UE, están cubiertos por los mismos reglamentos de protección de los pasajeros. Además, los vuelos con origen fuera de la UE y el EEE y destino en un estado miembro de la UE o el EEE también están protegidos si están operados por una aerolínea de la UE o el EEE.

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El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.

Otras regiones

Los derechos de los pasajeros durante una interrupción del vuelo pueden variar según el punto de origen o destino. A continuación encontrarás información sobre nuestros demás destinos.

Raleigh Durham North Carolina United States Landscape

Estados Unidos

Derechos de los pasajeros cuando viajan hacia o desde los Estados Unidos

Canada - nature - mountains - unsplash

Canadá

Derechos de los pasajeros cuando viajan a o desde Canadá

United Kingdom_Miners Trail, Snowdonia National Park

Reino Unido

Derechos de los pasajeros cuando viajan hacia o desde el Reino Unido