Nuestro objetivo siempre es asegurarnos de que nuestros pasajeros tengan un viaje agradable y sin contratiempos, pero a veces las cosas no salen como planeamos. Te pedimos nuestras más sinceras disculpas si tu viaje ha sido interrumpido; a continuación encontrarás información sobre los derechos de los pasajeros durante una interrupción según la EC 261/2004.
Durante las interrupciones, proporcionamos a nuestros pasajeros información a través de los datos de contacto registrados en su reserva, que pueden actualizarse en Gestionar tu reserva y en nuestra app.
Si experimentas un retraso largo, puede que tengas derecho a recibir atención. Esto puede incluir comidas y tentempiés, alojamiento, transporte y acceso a un medio de comunicación. Esto no se aplica si proporcionar atención retrasa aún más tu viaje.
¿Qué es un retraso largo?
La atención puede incluir:
A veces nuestro equipo no puede emitir vales debido al volumen de pasajeros afectados. Cuando eso ocurra, pedimos a los pasajeros que organicen la atención y reclamen el reembolso al final de su trayecto a través de nuestro portal de Reclamaciones.
Comidas y tentempiés: En proporción al tiempo de espera. Ten en cuenta que no reembolsamos el coste de las bebidas alcohólicas.
Alojamiento: El coste razonable de una pernocta varía según la ubicación, véase la lista a continuación.
Transporte: Transporte público o lanzadera del aeropuerto entre el aeropuerto y el alojamiento.
Comunicación: Coste de realizar dos llamadas, enviar dos correos electrónicos o faxes.
Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con la alteración y verificados mediante los recibos correspondientes a nombre del pasajero cuando sea aplicable.
El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.
Si experimentas un retraso largo, puede que tengas derecho a recibir atención. Esto puede incluir comidas y tentempiés, alojamiento, transporte y acceso a un medio de comunicación. Esto no se aplica si proporcionar atención retrasa aún más tu viaje.
¿Qué es un retraso largo?
La atención puede incluir:
A veces nuestro equipo no puede emitir vales debido al volumen de pasajeros afectados. Cuando eso ocurra, pedimos a los pasajeros que organicen la atención y reclamen el reembolso al final de su trayecto a través de nuestro portal de Reclamaciones.
Comidas y tentempiés: En proporción al tiempo de espera. Ten en cuenta que no reembolsamos el coste de las bebidas alcohólicas.
Alojamiento: El coste razonable de una pernocta varía según la ubicación, véase la lista a continuación.
Transporte: Transporte público o lanzadera del aeropuerto entre el aeropuerto y el alojamiento.
Comunicación: Coste de realizar dos llamadas, enviar dos correos electrónicos o faxes.
Todos los gastos deberán estar directamente relacionados con la alteración y verificados mediante los recibos correspondientes a nombre del pasajero cuando sea aplicable.
,,| Destino | Importe |
|---|---|
| Baltimore | BWI | 150 USD |
| Boston | BOS | 200 USD |
| Chicago | ORD | 120 USD |
| Denver | DEN | 150 USD |
| Detroit | DTW | 120 USD |
| Halifax | YHZ | 180 CAD |
| Miami | MIA | 200 USD |
| Mineápolis | MSP | 120 USD |
| Montreal | YUL | 150 CAD |
| Nashville | BNA | 120 USD |
| Nueva York | JFK | 200 USD |
| Newark | EWR | 170 USD |
| Orlando | MCO | 200 USD |
| Pittsburgh | PIT | 120 USD |
| Portland | PDX | 140 USD |
| Raleigh Durham | RDU | 120 USD |
| Seattle | SEA | 170 USD |
| Toronto | YYZ | 150 CAD |
| Vancouver | YVR | 180 CAD |
| Washington, D. C. | IAD | 200 USD |
Para los destinos no mencionados anteriormente, los costes razonables de alojamiento se evaluarán caso por caso, teniendo en cuenta las condiciones y disponibilidad del mercado local en el momento de la interrupción, incluyendo el desvío por destinos alternativos, hasta un máximo de 180 EUR por noche.
,| Destino | Importe |
|---|---|
| Alicante | ALC | 170 EUR |
| Ámsterdam | AMS | 180 EUR |
| Barcelona | BCN | 180 EUR |
| Bergen | BGO | 140 EUR |
| Berlín | BER | 150 EUR |
| Billund | BLL | 180 EUR |
| Bruselas | BRU | 170 EUR |
| Copenhage | CPH | 170 EUR |
| Dublín | DUB | 160 EUR |
| Edimburgo | EDI | 160 EUR |
| Faro | FAO | 160 EUR |
| Fráncfort | FRA | 140 EUR |
| Gdansk | GDN | 170 EUR |
| Ginebra | GVA | 180 EUR |
| Glasgow | GLA | 150 EUR |
| Gotemburgo | GOT | 150 EUR |
| Gran Canaria | LPA | 180 EUR |
| Hamburgo | HAM | 120 EUR |
| Helsinki | HEL | 110 EUR |
| Lisboa | LIS | 170 EUR |
| Londres | LHR y LGW | 160 EUR |
| Madrid | MAD | 180 EUR |
| Málaga | AGP | 170 EUR |
| Mánchester | MAN | 150 EUR |
| Milán | MXP | 150 EUR |
| Múnich | MUC | 160 EUR |
| Niza | NCE | 180 EUR |
| Oslo | OSL | 130 EUR |
| París | CDG | 180 EUR |
| Praga | PRG | 180 EUR |
| Roma | FCO | 170 EUR |
| Salzburgo | SZG | 180 EUR |
| Estocolmo | ARN | 150 EUR |
| Tenerife | TFS | 180 EUR |
| Tromso | TOS | 140 EUR |
| Venice | VCE | 180 EUR |
| Verona | VRN | 180 EUR |
| Zúrich | ZRH | 180 EUR |
Para los destinos no mencionados anteriormente, los costes razonables de alojamiento se evaluarán caso por caso, teniendo en cuenta las condiciones y disponibilidad del mercado local en el momento de la interrupción, incluyendo el desvío por destinos alternativos, hasta un máximo de 180 EUR por noche.
,| Destino | Importe |
|---|---|
| Islas Feroe | FAE | 180 EUR |
| Groenlandia | GOH, JAV, JJU y KUS | 250 EUR |
| Islandia | KEF, AEY, EGS, HFN, IFJ y RKV | 180 EUR |
El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.
,Si tu vuelo se retrasa 5 horas o más, podrías tener derecho a un cambio de ruta o a un reembolso.
Cambio de ruta
Cuando es posible, redirigimos automáticamente a todos los pasajeros elegibles de los vuelos interrumpidos. Enviamos todas las notificaciones y los itinerarios actualizados al correo electrónico registrado en la reserva, así que es importante asegurarse de que este sea correcto. Puedes comprobarlo en Gestionar tu reserva o en la aplicación de Icelandair. A veces no es posible cambiar de ruta automáticamente debido al número de pasajeros afectados. En ese caso, los pasajeros pueden solicitar el cambio de ruta a su destino final en el siguiente vuelo disponible de Icelandair, en condiciones de transporte comparables, si hay asientos disponibles.
Reembolso
Puedes elegir no viajar y que te reembolsen las partes no utilizadas del billete de todos los pasajeros de la misma reserva. Puedes cancelar o cambiar tu reserva en Gestionar tu reserva y solicitar un reembolso aquí.
,El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.
,Si tu vuelo se retrasa, podrías tener derecho a una compensación. El importe de la compensación depende de la duración del retraso y de la distancia de tu vuelo.
Todos los vuelos de 1500 km o menos:
Todos los vuelos intracomunitarios* de más de 1500 km y resto de los vuelos de entre 1500 y 3500 km:
Todos los vuelos no cubiertos por las categorías anteriores:
* Por vuelo intracomunitario se entiende un vuelo dentro de la Unión Europea (UE), y también incluye países que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), como Noruega, Islandia y Liechtenstein. Esto significa que los vuelos entre estos países, así como los vuelos desde estos países a la UE, están cubiertos por los mismos reglamentos de protección de los pasajeros. Además, los vuelos con origen fuera de la UE y el EEE y destino en un estado miembro de la UE o el EEE también están protegidos si están operados por una aerolínea de la UE o el EEE.
,El reglamento de la UE 261/2004 se aplica a los viajes a la UE, Noruega, Suiza o Islandia cuando vuelas con una aerolínea con sede en uno de esos países. También se aplica a los vuelos que salen de esos países, independientemente de la aerolínea. No se aplica a los viajes que empiezan y terminan fuera de esta área. Por ejemplo, un viaje que empieza en los EE. UU. o Canadá y termina en las Islas Feroe o Groenlandia, incluso con un transbordo en Islandia, no está cubierto.
Los derechos de los pasajeros durante una interrupción del vuelo pueden variar según el punto de origen o destino. A continuación encontrarás información sobre nuestros demás destinos.
Derechos de los pasajeros cuando viajan hacia o desde los Estados Unidos
Derechos de los pasajeros cuando viajan a o desde Canadá
Derechos de los pasajeros cuando viajan hacia o desde el Reino Unido